TC declara inadmisible requerimiento que impugna norma de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar al no acreditarse que existe una gestión pendiente en la cual el precepto impugnado pueda recibir aplicación.
La gestión pendiente invocada la constituye una causa seguida ante un Juzgado de Garantía que dictó sentencia condenatoria en contra del requirente, en calidad de autor del delito sancionado en el citado precepto legal, la que se encontraría actualmente en conocimiento de la Corte Suprema, por la interposición de un recurso de queja.