TC declaró constitucional proyecto de ley que modifica Código Penal y Ley de Violencia Intrafamiliar para sancionar femicidio, aumentar penas de este delito y modificar normas sobre parricidio, con excepción de una que se agrega a Ley N° 19.968.
Con la salvedad indicada, las normas objeto de control el TC las estimó ajustadas a la Constitución, al verificar que fueron aprobadas en ambas Cámaras del Congreso Nacional con las mayorías requeridas por la Carta Fundamental, que respecto de ellas no se suscitó cuestión de constitucionalidad y que se cumplió con el trámite de oír a la Corte Suprema.