Tribunal Constitucional

Con votos particulares.

TC declara que se ajustan a la Constitución normas contenidas en proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación.

la igualdad es una categoría relacional que se refiere tanto a la situación de un individuo en particular como también a la condición en que se encuentran distintos grupos o colectividades de individuos que son objeto de alguna discriminación arbitraria, como suele suceder con minorías religiosas, políticas o raciales, pueblos originarios, inmigrantes, trabajadores ilegales, mujeres, niños, tercera edad, discapacitados, integrantes de minorías sexuales, etc.

29 de junio de 2012
Primera sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna artículo 2331 del Código Civil que impide reparar el daño puramente moral causado contra el honor o crédito de una persona derivado de imputaciones injuriosas.

al restringirse la indemnización por daño moral derivada de imputaciones injuriosas a los exclusivos casos de prueba de daño emergente o lucro cesante, que pueda apreciarse en dinero. Por último, estima que los razonamiento de la Magistratura Constitucional en la sentencia rol N°1185-08, en orden a declarar inaplicable el precepto legal impugnado, es plenamente aplicable al caso sublite.

28 de junio de 2012
Carece de fundamento razonable.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que otorga al Alcalde atribuciones para administración de bienes municipales y norma que prohíbe su uso en actividades particulares.

constituye una cuestión de interpretación del recto o incorrecto sentido y alcance de las normas legales que establecen las potestades del alcalde, cuestión que corresponde a la órbita de atribuciones de los jueces del fondo y que no da origen a un conflicto de constitucionalidad de aquellos que deba conocer esta Magistratura en virtud del numeral 6º del artículo 93 de la Carta Fundamental.

26 de junio de 2012
Reitera jurisprudencia.

TC acogió requerimiento de inaplicabilidad que impugna artículo 2331 del Código Civil que impide reparar el daño moral causado contra el honor de una persona.

“el legislador no es libre para regular el alcance de los derechos fundamentales que la Constitución reconoce y asegura a todas las personas. Por el contrario, y como lo dispone el artículo 19, Nº 26°, de la misma, debe respetar la esencia del derecho de que se trata como también evitar la imposición de condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio”

25 de junio de 2012
Páginade 511
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