CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Ministerio del Interior y Seguridad Pública por presunta investigación a Partido Comunes.
Información salió a la luz tras hackeo a Carabineros.
Información salió a la luz tras hackeo a Carabineros.
La Corte consideró que la materia objeto del recurso no es de aquellas previstas por el artículo 21 de la Constitución Política de la República para la procedencia de la acción de amparo.
La recurrente estimó vulneradas su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución.
El máximo Tribunal ibérico considera que la exigencia de tutelar el derecho de información no puede significar que se dejen vacíos de contenido los derechos fundamentales de quienes resulten afectados por el ejercicio de aquel.
Corte de Puerto Montt estimó que la normativa invocada por la recurrente no le es aplicable.
Corte de Antofagasta consideró que no existen vulneraciones a derechos del recurrente.
El fallo del Tribunal de Alzada señaló que, no se verificó la existencia de un acto u omisión arbitrario e ilegal por parte de la recurrida.
La Corte no se refirió al fondo del asunto, señalando que el amparado no cumple con el tiempo mínimo para acceder al beneficio solicitado.
Recurrente estimó vulneradas garantías de los artículos 1, 8 y 24 de la Constitución.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1, 8 y 24 de la Constitución.