CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección contra constructora por supuestamente mantener basural y desechos cerca del domicilio del recurrente.
El máximo Tribunal indicó que, del mérito de los antecedentes, apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se mencionó hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.