CS confirmó fallo que acogió amparo en contra de Intendencia de Arica y Parinacota por decretar ilegalmente la expulsión de extranjero.
El amparado considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
El amparado considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
Ambos huyeron de Venezuela por razones económicas.
El amparado ya había sometido los hechos a un recurso de amparo.
Tribunal del ramo indicó que existen indicios suficientes para dar por establecido que el despido fue a consecuencia del testimonio que rindió la trabajadora.
La Corte de Valdivia indicó que, la decisión de la autoridad administrativa en orden a poner término a la contrata de la recurrente al carecer de suficiente fundamentación, se avino ilegal y arbitraria.
El máximo Tribunal ibérico aplicó a la bailarina despedida el régimen laboral específico de los artistas el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
El máximo Tribunal ibérico aplicó la perspectiva de género en la interpretación y aplicación del artículo 208.1.b de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Los amparados estimaron vulnerados su garantía constitucional a la libertad personal.
Se vulneró el derecho de libertad ambulatoria por encontrarse sujeta a la medida de expulsión del territorio nacional.
La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección señalando que, resultó del todo arbitrario rechazar la solicitud de financiamiento de dos prótesis mioeléctricas.