Corte de Iquique acogió recurso de nulidad contra sentencia que aceptó acción de despido injustificado sin el pago de lucro cesante.
El tribunal de alzada estimó que, existe efectivamente un yerro en el rechazo de la indemnización por lucro cesante, desde que en la sentencia recurrida se cometió error de derecho por falsa aplicación del artículo 1556 del Código Civil.