Corte de Concepción desestimó recurso de nulidad contra sentencia que acogió demanda por nulidad de despido a empresa principal operadora de centros comerciales a la que demandante prestó servicios bajo subcontratación.
Fallo de alzada señaló que la ponderación de los hechos es facultad privativa del juez y que responsabilidad solidaria de empresa principal es plenamente aplicable ante inobservancia de derecho de información y retención a sociedad contratista.