CS acogió recurso de casación en el fondo y condena a fotógrafo pagar una indemnización de perjuicios por la utilización de una imagen sin autorización.
“los requisitos, en general, de la responsabilidad extracontractual están constituidos por la existencia de un hecho ilícito –doloso o culposo- el resultado dañoso y la relación de causalidad entre uno y otros”.