CS desestimó recursos de casación en el fondo interpuestos en contra de cinco sentencias de la Corte de Santiago que rechazaron sendas demandas de nulidad de derecho público relativas a la invalidación del nombramiento de funcionarios municipales.
“cuando el legislador ha establecido ciertos requisitos para ocupar determinados cargos, en este caso relativo a las normas que regulan su provisión, no puede estimarse que la invalidación de esos nombramientos infrinja un aparente derecho de propiedad que los actores tendrían sobre sus cargos, ni aun la estabilidad en el ejercicio de los mismos”, por lo que no concurren los hechos aptos para producir los derechos invocados bajo el imperio de la ley.