CS revocó sentencia de la Corte de Santiago y rechazó acción de protección interpuesta en contra de FONASA por la negativa de cubrir una atención de urgencia en la Clínica Santa María.
El organismo público informó que el paciente pertenece a un grupo “asistémico”, que son aquellas personas que no siendo indigentes no se han incorporado a ninguno de los sistemas de salud