Corte Suprema revocó sentencia de la Corte de Santiago que acogió acción de protección en contra del Ejército por baja de uniformado a quien no se le notificó la medida.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción constitucional al estimar que la decisión del Ejercito -“darlo de baja”- sin haberlo previamente notificado para que pueda ejercer sus derechos ha implicado que se lo separe de las “filas sin este importante tramite, vulnerándose de esta manera la garantía constitucional del debido proceso”.