Jurisprudencia Judicial

Impide el traslado de personas.

CS acoge protección en contra de empresa eléctrica por corte de alumbrado público.

“El corte de la luz del alumbrado público, atenta contra esa seguridad, poniendo en riesgo a toda la comunidad porque impide a las personas el libre desplazamiento por las calles de la comuna; en estas circunstancias esa actuación de presión destinada a obtener el pronto pago de su acreencia por la recurrida, carece de racionalidad, porque se afecta gravemente a las personas, privándolas del uso de las vías públicas a quienes no son deudores directos de la Empresa Eléctrica, existiendo otros medios legales para obtener ese propósito, de esta forma esta actuación resulta arbitraria”.

9 de julio de 2012
No se producen los yerros denunciados.

CS desestimó recurso de casación en el fondo contra sentencia que acogió demanda de nulidad de derecho público destinada a invalidar resolución que puso término a funciones del actor.

“la sentencia acierta en que debió instruirse para su acreditación una investigación sumaria o sumario administrativo, sin que se haya afirmado por los jueces del grado que mientras ello sucediese no podía desvincularse al demandante de sus funciones y sólo hace presente que si esa era la situación el camino a seguir era el que contempla la ley para este tipo de casos”.

6 de julio de 2012
Medida se adoptó en procedimiento irregular.

CS revocó sentencia de la Corte de Santiago había rechazado una acción de protección en contra del Club de Golf Los Leones por suspensión de socio.

“ya que el Directorio recurrido impuso en un procedimiento irregular una medida disciplinaria sin otorgar al recurrente la posibilidad de presentar pruebas con el fin de acreditar sus dichos, poniéndole en una situación de desigualdad respecto de los demás socios de la institución, que sí tendrían los derechos que le han sido desconocidos al actor”.

5 de julio de 2012
Se vulneró la igualdad ante la ley.

CS confirmó sentencia de Corte de Santiago que acogió acción de protección por cancelación de matrícula de estudiantes del Liceo Lastarria que participaron en tomas.

“el castigo aplicado a los afectados carece de legitimidad en atención a que las referidas autoridades, al proceder como lo hicieron han pasado a constituir una “comisión especial”, cuya finalidad ha sido aplicar una sanción desproporcionada sólo a algunos alumnos del establecimiento”.

5 de julio de 2012
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