Jurisprudencia Judicial

Propietario de redes de telefonía debe asumir costo de traslado.

CS rechaza casación en el fondo respecto de sentencia de la Corte de Santiago que había rechazado una demanda de cobro de pesos en contra del Fisco.

“no se refiere a la regulación de las concesiones en cuanto a las condiciones o términos de su otorgamiento, sino a un hecho más simple, como es que ante la necesidad de cambiar la ubicación de las instalaciones se ha regulado quién es el obligado a ejecutar ese acto”, a partir de lo cual “será el propietario de las instalaciones y redes quien deberá asumir el costo de traslado de las mismas si se encuentran en la faja fiscal cuando la Dirección de Vialidad disponga su cambio”.

31 de octubre de 2012
Los hechos son fijados por los jueces del fondo.

CS rechaza recurso de casación en el fondo contra sentencia de Corte de Concepción al no configurarse infracción sustancial de derecho.

“de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Código Tributario: “Corresponde al contribuyente probar con los documentos, libros de contabilidad u otros medios que la ley establezca, en cuanto sean necesarios u obligatorios para él, la verdad de sus declaraciones, la naturaleza de los antecedentes y el monto de las operaciones que deban servir de base para el cálculo del impuesto”.

31 de octubre de 2012
Procede muy excepcionalmente en contra de resoluciones judiciales.

Corte de Valdivia rechaza acción de protección deducida en contra de sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.

“la Jurisprudencia de nuestra Excma. Corte Suprema en materia de recurso de protección, recalcando que se trata de una doctrina reiterada de ese máximo Tribunal (considerando 1º), precisa que ni siquiera es necesario analizar las garantías constitucionales que se dicen conculcadas, cuando el acto perpetrado por los recurridos no pueda ser estimado de arbitrario e ilegal».

30 de octubre de 2012
Sumario administrativo se ajusta a la ley.

Corte de Concepción rechaza acción de protección deducida en contra del Prefecto de Arauco al ser extemporáneo y no vulnerar derechos fundamentales.

«Tampoco se la puede calificar de arbitraria, desde que no obedece al mero capricho de quien resuelve, sino que tiene su fundamentación en los hechos establecidos, en el marco de la investigación administrativa realizada, lo que en todo caso, está sujeto a lo que se pueda decidir respecto de los recursos pendientes en ese proceso administrativo”.

30 de octubre de 2012
Por constituirse en comisión especial.

Corte de Antofagasta acoge acción de protección deducida en contra de dos asociaciones gremiales que expulsaron a un grupo de asociados.

“en lo concerniente a la garantía consagrada en el artículo 19 numeral 3 inciso quinto de la Constitución Política de la República, debe reiterarse que la medida de expulsión adoptada por la Asociación recurrida no se ajustó al procedimiento reglado en el artículo 9 de los Estatutos que rigen la Asociación Gremial de Pequeños Quinteros Agropecuarios de la Comuna de Taltal».

30 de octubre de 2012
Jueces tributarios delegados.

CS declara nulidad procesal fundada en efectos de sentencias del Tribunal Constitucional.

«no ha sido la ley el título habilitante del ejercicio de esa función jurisdiccional, sino que una disposición de carácter administrativo”, y que “el artículo 116 del Código Tributario, que ha permitido el ejercicio de esa función sobre la base de un precepto distinto a la ley, no sólo vulnera el principio de legalidad del tribunal consagrado en los artículos 19 N° 3, inciso cuarto, 38, inciso segundo, 76 y 77 de la Constitución Política, sino que resulta contrario a los artículos 6° y 7° de la Carta Fundamental que garantizan la sujeción integral de los órganos del Estado al imperio del derecho” (Considerando XXIII del fallo)”.

29 de octubre de 2012
Empleador exigió el cumplimiento de obligaciones contractuales.

Corte de Santiago rechazó acción de protección deducida en contra de Chilevisión por sanción impuesta a periodista.

“de los antecedentes consignados en el motivo precedente, solo cabe concluir que la amonestación que se aplicó al periodista tuvo su origen en el hecho de haber infringido normas o reglas de procedimiento que conocía y que se obligó a cumplir en virtud del contrato de trabajo que le liga con Chilevisión, empleadora que está legítimamente facultada para exigir a sus trabajadores el cumplimiento de las obligaciones asumidas al suscribir el contrato»

29 de octubre de 2012
Tercera sala.

CS rechaza casación en el fondo y declara que patentes mineras pagadas no pueden ser imputadas a los pagos de impuesto a la renta.

“no procedía tomar como “gastos” para efectos tributarios el pago de las patentes mineras, por lo que el artículo 21 de la Ley de la Renta es plenamente aplicable en el caso de autos, no sólo por lo expresamente dispuesto por la norma en comento sino de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Servicio de Impuestos Internos en la Circular Nº 61 de 2009”.

29 de octubre de 2012
Con voto disidente.

CS rechaza casaciones y confirma sentencia que ordena pagar cuantioso daño moral por publicación de deuda inexistente.

“carece de influencia sustancial en lo dispositivo del mismo, desde que el Banco demandado no ha desconocido el documento que remitió a la Cámara de Comercio, en el que afirma que la causal de publicación en el Boletín de Informaciones Comerciales no es imputable al demandante, sino que tal publicación se debe a un gasto que no corresponde”.

29 de octubre de 2012
Páginade 347
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