Jurisprudencia Judicial

Ley Zamudio.

Juzgado Civil de Santiago dicta primera sentencia por aplicación de la ley antidiscriminación.

“que la acción discriminatoria ejecutada por la sociedad demandada, reviste el carácter de arbitraria, pues no nos encontramos en presencia de una ‘distinción, exclusión o restricción razonable’, fundada en el derecho que le reconoce al efecto el artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República, pues el permitir el acceso sólo a parejas heterosexuales no encuentra justificación alguna en relación al giro de la sociedad».

10 de diciembre de 2012
No se vulnera principio non bis in ídem.

Corte de Concepción rechaza habeas corpus deducido por un grupo de comuneros mapuche en contra de la decisión del Tribunal de Garantía de Cañete.

“en la especie, los hechos materia de las causas aludidas por el recurrente afectaron a diversos sujetos pasivos y fue ése, precisamente, el motivo por el cual, en su momento, se sustrajo de la justicia civil el ilícito en la parte que perjudicó a personal de Carabineros de Chile”.

10 de diciembre de 2012
Por su posición dominante y su carácter reincidente.

CS acoge reclamaciones y condena a empresa tabacalera a pago de multa por conductas que entorpecen la libre competencia.

“lo que la sentencia N° 26 intenta impedir es la restricción o impedimento a la exhibición o venta del producto en el mercado por parte del dominante hacia sus competidores, efectos que se habían originado debido a las cláusulas exclusivas sobre publicidad e incentivos que tenían los contratos allí analizados”

6 de diciembre de 2012
Suspensión de tratamiento médico.

CS acoge recurso de protección y ordena a hospital mantener tratamiento gratuito a menor de edad.

“el fundamento para suspender la entrega gratuita de medicamentos y atención médica especializada está dado por circunstancias de índole económica, lo que no se compadece con las razones dadas por el hospital al evacuar su informe”, agregando que “el fundamento clínico referido por la recurrida en su informe no aparece respaldado en un antecedente médico concluyente”, y que incluso se contradice con los informes que obran en el proceso.

5 de diciembre de 2012
Páginade 347
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