CS revocó sentencia de la Corte de Valdivia y rechazó acción de protección en contra de Universidad por retención de devolución de impuestos de la recurrente por deuda originada en un crédito universitario.
“excepcionándose sólo aquellos cuyos vencimientos sean anteriores al año 1988, no existiendo prueba alguna en el presente proceso acerca de que el vencimiento de tales instrumentos sea anterior al mencionado año”.