CS acogió protección deducida por trabajador de la Agencia de Calidad de la Educación frente al término anticipado de su «contrata»
El máximo Tribunal indicó que tal actuación vulnera la igualdad ante la ley.
El máximo Tribunal indicó que tal actuación vulnera la igualdad ante la ley.
Máximo Tribunal indicó que la aplicación de normas derogadas por la autoridad administrativa implica una discriminación arbitraria a hijos no matrimoniales.
El Tribunal de alzada señaló que sentencia recurrida no fue dictada con infracción de garantías constitucionales.
Recurrente estimó vulnerada la igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.
Recurrente estimó vulnerado su derecho de dominio sobre su contrato de arrendamiento.
Corte de Santiago estimó que la pretensión del recurrente debe ser resuelta en un juicio de lato conocimiento ya que la acción de protección no es la vía idónea para estos efectos.
Corte de Santiago señaló que hechos denunciados no se ajustan a los fines de la acción constitucional de amparo.
Recurrentes estiman vulnerado su derecho a la vida e integridad física y psíquica.
La Corte consideró que los fundamentos del acto administrativo no se ajustan a las causales de expulsión que detenta la autoridad pública.
Máximo Tribunal indicó que acción es manifiestamente extemporánea.