Jurisprudencia Judicial

No se afectan derechos ancestrales

CS deberá pronunciarse sobre sentencia de la Corte de Antofagasta que rechazó protección por obras en cementerio indígena.

Los actores consideran que el acto recurrido resulta arbitrario e ilegal, por cuanto es discriminatorio al remover e intervenir tierra sagrada, además de que no se ha expedido ninguna resolución o autorización administrativa que se haya consultado, de manera previa, a las comunidades atacameñas en los términos exigidos por el artículo 6 del Convenio 169 OIT y por el artículo 34 de la Ley Nº 19.253, vulnerándose también el sistema de evaluación a que se refiere la Ley 19.300.

9 de mayo de 2013
Actuando de oficio.

CS rechaza queja e invalida decisión del Consejo para la Transparencia.

Informando el recurso, los jueces recurridos solicitaron su rechazo por no haber falta o abuso que autorice esta vía y expresan que hicieron suyos los razonamientos del Consejo para la Transparencia, en cuanto el interesado dio a su reclamación el carácter de una apelación que no tiene, al hacerse cargo de la falta de legitimación activa del reclamante, quien asume una representación respecto de terceros que no tiene, al haber omitido el procedimiento establecido, concluyendo que no hubo ilegalidad.

9 de mayo de 2013
Se escuchó a los interesados.

Corte de Copiapó rechaza acción de protección en contra de Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama que habría omitido trámite de consulta indígena.

Se dedujo acción de protección en contra del Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama, por parte de un Diputado de la República y de la Comunidad Colla de Pai Ote –Cerro Celeste, a fin de que se declare ilegal y arbitraria la resolución N° 4 de fecha 3 de enero de 2013 que calificó ambientalmente […]

8 de mayo de 2013
No se verificaron las infracciones denunciadas.

CS rechazó casación en la forma y en el fondo contra de sentencia de la Corte de Concepción en un proceso de indemnización de perjuicios.

“que no obstante que lo anteriormente expuesto es suficiente para desechar este capítulo de casación, se debe señalar que no es efectiva la aseveración -sobre cuya base se construye el recurso- respecto de que no existe prueba alguna acerca del daño material sufrido por los actores, puesto que tal como se expuso en el considerando duodécimo, los sentenciadores han señalado que este daño se encuentra acreditado tanto con la declaración de testigos como con la prueba documental y hechos que constan en el acta de inspección ocular del tribunal, los que ponderados conforme al sistema de prueba tasada permiten tener por acreditada la existencia del mismo, el que consiste en la completa destrucción del segundo piso del inmueble…”

7 de mayo de 2013
No existen conductas tutelables por esta vía.

CS revocó sentencia y rechazó recurso de protección en contra de compañía eléctrica.

El recurrente  considera vulnerados sus derechos establecidos en los numerales 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución, por cuanto, no obstante haber repactado su deuda, la compañía procedió a privarlo del suministro eléctrico.La Corte de Concepción acogió la acción constitucional, pero la Corte Suprema en alzada revocó el fallo y rechazó el recurso.El […]

7 de mayo de 2013
No es aplicable el secreto bancario.

Corte de Iquique acoge acción de protección en contra de Banco comercial que no entregó información a titular de cuenta corriente.

“resulta patente la ilegalidad porque la extensión y contenido de un contrato de mandato surge y se agota entre las partes de esa convención, ellas son las que se obligan recíprocamente bajo ciertos presupuestos bilaterales y serán las mismas quienes pueden tener disensiones o acuerdos respecto de la forma en que se cumple el cometido, de suerte que los terceros ajenos a esta relación contractual no pueden emitir pronunciamiento sobre su contenido y/o amplitud, a menos que se trate de ilicitudes, que naturalmente no pueden ser planteadas ni discutidas en esta sede”.

7 de mayo de 2013
Causalidad entre omisión y daño.

CS desestima casaciones y confirma responsabilidad municipal por caída de letrero publicitario.

“dos demandados son responsables de haber instalado el letrero publicitario sin los permisos municipales, omitiendo desinstalarlo una vez que esto fue ordenado. Por otro lado, estrechamente vinculado al hecho ilícito anterior, está la omisión”, y que “la circunstancia de ser uno de los demandados un Órgano del Estado, obliga a aplicar a su respecto el estatuto de responsabilidad que le corresponde”

6 de mayo de 2013
Área protegida y medio ambiente.

CS acoge casación y reclamo de ilegalidad dejando sin efecto permiso de edificación en borde costero.

La Corte declaró que “la ausencia de la evaluación ambiental de este proyecto no resulta razonable ni coherente para esta Corte, infringiendo claramente la institucionalidad ambiental, pilar de nuestro desarrollo sustentable como país”, además de vulnerarse el deber de implementar los mecanismos que aseguren la participación informada de la comunidad en el proceso de calificación de los Estudios de Impacto Ambiental, que incluye publicaciones en el Diario Oficial.

6 de mayo de 2013
Páginade 347
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad