Jurisprudencia Judicial

Por unanimidad.

Corte de Santiago revocó parcialmente sentencia que condenó a sostenedora a pagar indemnización por accidente de menor en colegio.

Arguye el Tribunal de alzada que resulta evidente que ante una caída de la naturaleza de la sufrida por el menor (…) una persona medianamente diligente y cuidadosa habría dado aviso inmediato a cualquiera de sus padres y no se habría limitado a escribir acerca de la ocurrencia de este hecho en una libreta de comunicaciones.

21 de julio de 2014
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