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Se aumentó el monto.

Corte de Rancagua confirmó sentencia de primera instancia que acogió demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio.

“por la intensidad del dolor, ocasionado desde luego por la pérdida del ser querido, pero agravado además por las circunstancias en que ocurrió, a lo que no puede ser ajeno el hecho de que nada menos que el Estado, esto es, el ente que por antonomasia debe velar por la vida e integridad de los habitantes, incurriera en falta tal, que el familiar de los demandantes cayera al río y pereciera sólo por transitar por un puente que tenía todo el derecho a considerar seguro”

11 de septiembre de 2013
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