Acción de Protección

Con voto en contra

CS revocó sentencia rechazando protección deducida en contra de SEREMI de educación por no renovar contrata de trabajadora.

El máximo tribunal estimó que, de acuerdo con los artículos 3 y 10 del Estatuto Administrativo, la entidad administrativa se encontraba legalmente facultada para no renovar los servicios a contrata de la parte recurrente, puesto que, la principal característica de este tipo de vinculación es la precariedad en su duración.

19 de febrero de 2020
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