CS revoca sentencia y rechazó protección de funcionaria del Ministerio del Trabajo por el término anticipado de su «contrata».
Máximo Tribunal indicó que el órgano administrativo actuó en uso de las facultades que le confiere la Ley.
Máximo Tribunal indicó que el órgano administrativo actuó en uso de las facultades que le confiere la Ley.
Recurrente estimó vulnerado su derecho de propiedad y su libertad de trabajo.
La Corte de Concepción indicó que, el acto arbitrario e ilegal de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura fue tomada en el ejercicio de las facultades que la ley le otorgó.
La Corte de Santiago indicó que, debió consignarse que no se está en presencia del ? ejercicio de la potestad punitiva del Estado.
Máximo Tribunal señaló que actuación de la entidad recurrida es ilegal y arbitraria.
La Corte de Valparaíso señaló que, el banco es quien, en principio, debe soportar la pérdida que se produjo como consecuencia de un fraude.
Máximo Tribunal indicó que la acción ha perdido oportunidad por no mantenerse la situación fáctica que la sustentaba.
Recurrentes estimaron vulnerado el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, previsto en el artículo 19 N°8 de la Constitución
La corte estimó que el actuar de la SUSESO se amparó en el ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, pues la resolución administrativa impugnada contiene el fundamento que la sustenta.
La Corte de Concepción indicó que, no aparece lógico que por esta vía se adopten decisiones de índole jurisdiccional que supongan la modificación de aquellas que han tomado los tribunales.