TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna normas sobre reserva del giro bancario.
«quienes estuvieron por declarar inadmisible el presente requerimiento, toda vez que en el mismo se plantea una cuestión de mera legalidad, consistente en determinar si las conductas de la actora se encuadran o no en los ilícitos contenidos en el artículo 39 de la Ley General de Bancos, asunto que es de competencia privativa del juez de fondo. En consecuencia, la acción deducida carece de fundamento plausible, concurriendo a su respecto la causal de inadmisibilidad contemplada en el N° 6° del artículo 84 de la LOCTC».