Inaplicabilidad por inconstitucionalidad

Con disidencia.

TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna normas sobre reserva del giro bancario.

«quienes estuvieron por declarar inadmisible el presente requerimiento, toda vez que en el mismo se plantea una cuestión de mera legalidad, consistente en determinar si las conductas de la actora se encuadran o no en los ilícitos contenidos en el artículo 39 de la Ley General de Bancos, asunto que es de competencia privativa del juez de fondo. En consecuencia, la acción deducida carece de fundamento plausible, concurriendo a su respecto la causal de inadmisibilidad contemplada en el N° 6° del artículo 84 de la LOCTC».

27 de diciembre de 2012
Tribunal Pleno.

TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna norma contenida en proyecto de ley sobre televisión digital terrestre.

«quienes estuvieron por no admitir a tramitación el requerimiento por estimar que no se ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por resolución de fecha 6 de diciembre pasado, al no haberse acompañado todos los antecedentes requeridos y ofrecidos por los requirentes. La sujeción a dicha resolución, arguyen, debe ser estricta, porque no lo hicieron con ocasión de la presentación del requerimiento».

27 de diciembre de 2012
Primera sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas del CPC referidas a plazos en la rendición de la prueba y dictación de sentencia en los interdictos posesorios.

«vulnerarían sus garantías constitucionales, en particular, su derecho al debido proceso, referido a los principios que deben informar a todo procedimiento racional y justo, toda vez que tales disposiciones establecen brevísimos plazos -en una sola audiencia- para acompañar antecedentes probatorios».

26 de diciembre de 2012
Precepto legal vulnera el derecho a la revisión de lo fallado.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad de norma del Código del Trabajo relativa al abandono del recurso de nulidad.

se establece que un recurso, interpuesto en forma y tiempo, y declarado admisible, debe ser declarado abandonado por el no ejercicio de un derecho, vulnerando el derecho al debido proceso, en particular lo relativo a la revisión de lo fallado por una instancia superior, establecido en la Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, particularmente la Convención Americana de Derechos Humanos, y el principio de inexcusabilidad de los tribunales.

24 de diciembre de 2012
Por vulneración de prohibición de apremios ilegítimos.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad de normas relativas al apremio para el pago de deudas municipales.

la autoridad edilicia ha cumplido con todas las exigencias legalmente previstas, particularmente considerando que lo previsto en el precepto de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades impugnado consiste en una obligación de hacer, relativa a realizar todas las gestiones a fin de dictar el correspondiente decreto alcaldicio para el cumplimiento de la sentencia definitiva emanada por el pertinente juzgado laboral.

24 de diciembre de 2012
Páginade 405
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