CGR desestimó reclamo de ex funcionaria del Consejo de Defensa del Estado por término de su contrata.
La Contraloría General concluye que el término de su contrata de reemplazo se produjo por expreso mandato de la ley.
La Contraloría General concluye que el término de su contrata de reemplazo se produjo por expreso mandato de la ley.
Se remitieron al Servel las presentaciones efectuadas por Pío Ortega Reyes, para el cumplimiento de lo preceptuado en el aludido inciso segundo del artículo 144 de la ley N° 18.700.
Se concluye que el peticionario puede obrar como apoderado de los inculpados, pero sólo para instar por la prosecución del procedimiento, sin efectuar actos que impliquen defensa jurídica.
El dictamen concluye arguyendo que la expresión ?localidad? debe determinarse atendiendo a la ubicación geográfica y la situación territorial del lugar de que se trate.
La Municipalidad de Padre Hurtado deberá regularizar la situación del personal afectado.
El ente fiscalizador remitió los antecedentes a la Contraloría Regional de Atacama a fin de que esa Sede Regional pondere la pertinencia de iniciar un proceso disciplinario.
El ente contralor señaló que en la especie no se ha modificado el monto de una asignación vigente.
El certificado de fines comunitarios y ciudadanos expedido por el Ministerio Secretaría General de Gobierno debe presentarse en la solicitud de concesión de servicios de radiodifusión comunitaria ciudadana.
La exservidora cumple con las exigencias previstas para el entero de la indemnización que reclama.
La Municipalidad de Melipilla, en lo sucesivo, inhibirse de incurrir en tal conducta.