CGR concluye que normativa de Carabineros de Chile no contempla una causal de reincorporación obligatoria para exfuncionario que cesó por disponerse su retiro temporal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 115, letra e), del D.FL. N° 2, de 1968, que transcurridos tres años del retiro temporal, este adquiere el carácter de absoluto.