CGR determinó que funcionarios de Carabineros que no concurren a prestar labores por encontrarse en prisión preventiva no pueden percibir remuneraciones por el período en que se extiende dicha medida cautelar.
El ente contralor expresó que esto, es sin perjuicio de que si el aludido proceso finaliza por absolución o sobreseimiento definitivo, corresponde que se paguen dichas sumas.