TC declaró inconstitucional norma de proyecto de ley que sanciona el abuso sexual de menores, la pornografía infantil y la posesión de material pornográfico infantil.
La Magistratura Constitucional declaró que la norma objeto de control regula en su totalidad una materia propia de ley orgánica constitucional, a que se refiere la Constitución en su artículo 77, toda vez que sus incisos en su globalidad constituyen un todo armónico e indivisible que no es posible separar o escindir. Motivo por el cual forma parte, de igual modo, de la aludida ley orgánica constitucional.