CGR ordena a Dirección de Vialidad disponer la renovación de la contrata de un funcionario para todo el año 2018.
La resolución exenta no satisface la exigencia de motivación, por lo que la decisión impugnada no se ajustó a derecho.
La resolución exenta no satisface la exigencia de motivación, por lo que la decisión impugnada no se ajustó a derecho.
La servidora no se encontraba expresamente amparada por fuero maternal, en virtud de lo dispuesto en su contrato y, además, a esa data, el servicio desconocÃa su embarazo.
El programa cursado por el recurrente es un pregrado de cuatro años, conducente a los grados de Licenciado en Ciencias Naturales y Matemáticas, en Ciencias Sociales, o en Artes y Humanidades.
ProcederÃa solo en cuanto se trate de una medida de protección y seguridad, siempre y cuando la respectiva institución cuente con los medios para otorgar tal apoyo.
El dictamen concluye que resulta improcedente reducir el ciclo de descanso en proporción a aquellos dÃas del ciclo de trabajo en que se hizo uso de vacaciones.
No consta que los antecedentes que permitieran acreditar o no que las acciones denunciadas como acoso laboral, fuesen las que efectivamente competÃa desarrollar al denunciante.
El ciclo de descanso del sistema excepcional de distribución que regula el señalado inciso penúltimo del artÃculo 38 del Código del Trabajo constituye el lapso considerado para la recuperación de las fuerzas y energÃas.
La CONAF no se ajustó a derecho en su actuar, por cuanto se encuentra obligada a dar debida respuesta al requerimiento efectuado por la empresa interesada.
Tales labores las desarrollaron en cumplimiento de su jornada ordinaria de trabajo.
Deberá tenerse presente lo señalado en el artÃculo 8° de la Constitución PolÃtica, en la ley N° 20.880 y en el TÃtulo III de la ley N° 18.575.