CGR determina que Empresa de los Ferrocarriles del Estado está facultada para constituir sociedades con particulares y darles en arriendo bienes de su propiedad.
El ente contralor adujo que el artículo 1° del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica de EFE, esta, en lo pertinente, es una persona jurídica de derecho público y constituye una empresa autónoma del Estado, dotada de patrimonio propio.