CGR se pronuncia sobre pago de remuneraciones a dirigente gremial por parte de Municipalidad.
El ente contralor sostuvo que a través del dictamen N° 49.116, de 2015, se reconsideró, en lo pertinente, el oficio N° 71, del mismo año.
El ente contralor sostuvo que a través del dictamen N° 49.116, de 2015, se reconsideró, en lo pertinente, el oficio N° 71, del mismo año.
La Contraloría concluye sosteniendo que no se observa irregularidad en el accionar de la anotada entidad edilicia.
CGR concluye expresando que si bien en la especie se genera la inhabilidad en estudio, no obliga a este último a renunciar.
Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (SUBPESCA)- la aclaración del dictamen N° 94.485 de 2014.
La entidad edilicia en cuestión, informó que el anotado encuentro, de un carácter artístico-cultural, fue llevado a cabo en el marco del programa “Avanzando con más cultura en Pedro Aguirre Cerda”.
La CGR concluye sosteniendo que el ISP no ha aportado, en esta oportunidad antecedentes suficientes que acrediten que el registro de la vacuna en análisis cumple con los requisitos y estudios clínicos.
La Contraloría concluye sosteniendo que la municipalidad deberá regularizar la situación funcionaria de la recurrente en los términos analizados.
La CGR concluye sugiriendo al legislador, un estudio de reforma normativa, que regule con más precisión los distintos procesos de reestructuración empresarial que involucren la participación de las AFPs.
La CGR concluye sosteniendo que la supresión de horas en estudio no se ajustó a derecho.
Dado que contra quien se reclama integró el Consejo de la CORFO, en tanto servía esa posición ejerció una función pública y como tal, aduce la CGR que debió dar observancia al principio de probidad administrativa.