Proponen modificar norma que invalida los registros electorales que tienen menos de 35 inscripciones vigentes.
Lo anterior se condice con el artículo 16 de la Constitución Política de la República, que establece las causales por las cuales se suspende el derecho a sufragio, y entre las cuales se encuentra la de interdicción por caso de demencia y la de haber sido acusada la persona por delito que merezca pena aflictiva o condenada por delitos que atenten en contra del orden institucional de acuerdo al artículo 19 N° 15 de la Constitución.