Corte Constitucional de Colombia declaró exequibilidad de normas contenidas en ley que pretende reparar integralmente a víctimas de un conflicto armado.
«la jurisprudencia se ha reconocido que en algunas circunstancias el daño causado por los delitos de lesa humanidad, tortura, genocidio, desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, son de tal gravedad y sus efectos son devastadores para las víctimas más vulnerables, por lo que impedir que acudan a la justicia para buscar una reparación complementaria resulta una carga manifiestamente desproporcionada que tendrían que soportar las víctimas más vulnerables».