Actualidad Internacional

Caso de España.

Acerca de la infidelidad como daño moral.

No se indemnizó al marido por la infidelidad de la mujer, sino por la negligencia de la esposa y su amante al no haber puesto los medios necesarios para prevenir el embarazo.

4 de enero de 2017
Páginade 415
Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad