Procede sancionar con multa a una abogada que no realizó presentación alguna en sede judicial y ha mantenido silencio acerca del trámite del asunto frente al reclamo de sus clientes.
La sentencia señala que el deber de información del abogado al cliente, supone que el primero debe suministrar información veraz, completa, cabal y suficiente y la falta de información, como en el caso, constituye una violación del deber de fidelidad que el abogado asume desde el momento en que acepta el encargo y que persiste aún luego de concluida la relación contractual.