A propósito de una sentencia dictada por la CS de México que permitió a un transgénero cambiar de nombre y sexo.
El reconocimiento de la identidad de género crea las condiciones para garantizar «el libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la identidad, el derecho a la privacidad, el reconocimiento de la personalidad jurídica y el derecho al nombre», expresó la Corte.