CS confirmó fallo que acogió amparo en contra de Intendencia de Arica y Parinacota que decretó la expulsión de ciudadano venezolano.
El amparado considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
El amparado considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
Corte de Santiago estimó vulnerado su derecho a la igualdad y no discriminación.
Corte de Santiago estimó que banco es responsable bajo la figura del depósito de cosa fungible.
La Corte Suprema agregó que, la subsistencia de la mencionada información supone extender un juicio de reproche o, a lo menos, imponer un manto de duda acerca del desempeño profesional del actor.
La Corte consideró que la materia objeto del recurso no es de aquellas previstas por el artículo 21 de la Constitución Política de la República para la procedencia de la acción de amparo.
Corte de Rancagua estimó que las instalaciones en las que se encuentra el menor no son las más idóneas para resguardar su integridad física.
La decisión de la Corte de Santiago señaló que se vulnera el derecho al recurso al aplicar norma declarada por el TC como contraria a la constitución.
La Corte señala que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, no resulta suficientemente categórico para demostrar que el amparado no presenta «avances en su proceso de reinserción social».
La amparada considera vulnerada su libertad ambulatoria, por encontrarse coaccionada a actuar contra su voluntad, afectando su autodeterminación y su libertad de circulación interna o externa por un tiempo significativo.
Corte de Santiago estimó que decisión es arbitraria pues no tiene sustento alguno en normativa interna.