Acogidos

Por unanimidad.

CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por empresaria de transporte escolar contra Corporación Educacional Alianza Francesa por retiro de acreditación para trasladar a alumnos del Colegio.

El máximo Tribunal indicó que, del mérito de los antecedentes, apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se mencionó hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

28 de enero de 2020
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