CS confirmó sentencia y rechazó recurso de protección deducido por sociedad en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Valparaíso por declarar extemporánea reconsideración.
La Corte de Valparaíso indicó que, a la luz de lo razonado, es posible estimar que la garantía constitucional consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.