CS confirmó sentencia que acogió protección deducido por propietario de predio contra particular por eliminar acequia que regaba predio del recurrente.
La Corte de Rancagua indicó que, la actuación del recurrido alteró el status quo que regía en el sector, cometiendo un acto de auto tutela que vulneró el artículo 76 de la Constitución Política de la República.