CS revocó sentencia y acogió protección deducido por particular contra Concesionaria por cobro extrajudicial de supuesta deuda mediante el envío de correos electrónicos.
La Corte Suprema revocó la sentencia apelada señalando que, se vulneró el derecho a la integridad psíquica de la recurrente contemplado en el N° 1 del artículo 19 de la Carta Fundamental.