Columnistas
Hernán Corral
Abogado, Pontificia Universidad Católica de Chile. Es Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra. Profesor de Derecho Civil, Metodología de la Investigación Jurídica y Fundamentos de Derecho Privado. Fue Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, donde actualmente es Director del Departamento de Derecho Civil y Romano. Abogado senior de la Oficina Corral y García Abogados. Ha sido distinguido a nivel nacional e internacional. Autor de diversas obras de su especialidad.
Demandas de responsabilidad civil contra un Ministro de Estado.
Si no concurren todos estos requisitos el Senado no debe pronunciarse y, por tanto, el particular puede interponer la acción judicial de acuerdo a las reglas generales. Por ejemplo, no se necesita la autorización del Senado para las acciones penales y, según el informe de la Comisión de Constitución de 3 de septiembre de 2008, Boletín Nº S-1.089-02, tampoco se necesitaría si la acción civil se interpone como consecuencia de un delito penal.
Proposición 8.
Ha quedado más rezagado en el análisis el caso de la conocida como “Proposición 8” (Perry v. Hollingsworth), y que nos gustaría ahora comentar porque pone de manifiesto la lucha, de ribetes épicos, que han dado organizaciones de la sociedad civil en defensa de la institución matrimonial.
“Marca tu voto”: una campaña inconstitucional.
Ha ganado fuerza en los medios el llamado, bastante inespecífico, a convocar una Asamblea Constituyente para que asuma la misión de elaborar lo que sería una nueva Carta Fundamental.