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MINREL en desacato.
Muchas personas después de haber obtenido una decisión judicial favorable deben esperar que el MINREL de cumplimiento a los cientos de fallos dictados en su contra, todos los cuales le fijan un plazo perentorio de cumplimiento que ha sido desacatado de manera sostenida y por lo cual, además, no se ha cursado ningún apercibimiento por parte de las Cortes.
Las cuentas claras: las razones de la Convención.
De un proyecto de democracia, todo indica que transitamos a una sociedad aristocrática, dominada por una nueva aristocracia de izquierda, con sus propios códigos, normas sociales, sanciones, credenciales de entrada y salida, y sus respectivos privilegios.
El imperativo constitucional de inexcusabilidad resolutiva.
Es un principio fundamental en el ejercicio de una potestad, aquél sin cuya presencia ésta deja de funcionar. En mi opinión, son principios fundamentales en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, la juridicidad, la congruencia y la inexcusabilidad resolutiva. La ausencia de cualquiera de ellos en el conocimiento y resolución de un asunto jurisdiccional le deja privado de valor y de eficacia. En esta reflexión abordaremos este último principio, no sólo por su importancia decisiva para resolver efectivamente un asunto judicial sino también por la trascendencia que le ha reconocido el sistema político chileno al otorgarle rango constitucional (Art. 76-C. Política).
El fantasma de las propuestas de la Convención Constitucional en temas de la Judicatura.
Fueron publicados dos tipos de propuestas de normas constitucionales referidas a dos materias que siempre están en la parrilla y que se refieren a la judicatura y a notarios y conservadores. Ambas iniciativas si bien cuentan con alguna fundamentación, ésta es expuesta desde el ego y la autocomplacencia. Se trata, parafraseando a Beccaria de ruidos estomacales en virtud de los cuales es posible solucionar desde la mirada particular de unos cuantos convencionales que han tenido contacto con una u otra actividad. Los unos habrán perdido pleitos en los cuales tenían interés; otros habrán sido mal atendidos por los ministros de fe pública.