Columnistas
diarioconstitucional
Simulación y subterfugio fuera de la unidad económica.
La simulación y el subterfugio mantienen su autonomía material respecto del fenómeno de la unidad económica y, por ende, resultan también aplicables a hipótesis distintas de la prevista en el artículo 3° inciso cuarto del Código del Trabajo.
La potestad invalidatoria de la administración del Estado. Una revisión de sus principales aspectos y características.
El presente artículo tiene por objeto analizar a la invalidación, como una respuesta de la administración frente a sus propios actos contrarios a derecho, estableciendo un procedimiento reglado, contemplado en los artículos 53° y siguientes de la Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos, que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (LBPA), sus características, jurisprudencia judicial y administrativa dictada para tales efectos.
AFIRMACIÓN DE LA CIDH: La reelección presidencial indefinida no es un derecho humano protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Corte IDH resalta que los riesgos que impone la reelección presidencial indefinida para la democracia en la región se han concretado. Por tanto, este Tribunal concluye que la habilitación de la reelección presidencial indefinida obstaculiza que otras fuerzas políticas distintas a la persona a cargo de la Presidencia puedan ganar el apoyo popular y ser electas, afecta a la separación de poderes, en el general, debilita el funcionamiento de la democracia.
¿La Convención puede cancelar discursos de sus integrantes? Pienso que no.
Hemos de tener presente que a quienes conforman el órgano constituyente les asiste la inviolabilidad por los juicios y opiniones que manifiesten en las sesiones de sala o de pleno, en las mismas condiciones que a los parlamentarios – artículo 134 de la Constitución – me parece que el problema no se vincula con los derechos de los y las convencionales sino con el rol y naturaleza del órgano constituyente.