Columnistas
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Breve análisis jurídico del conflicto ruso-ucraniano.
Para encuadrar la acción militar en este artículo es necesario, primero, acreditar una agresión ilegítima por parte de otro Estado u organización en forma actual o inminente, que pudiere afectar ya sea la integridad territorial o independencia política del Estado que se defiende, y segundo, que la reacción defensiva sea solo para repeler la agresión ilegitima, sea proporcional y que no exista otro medio menos perjudicial para repelerlo.
Ius in bello – Derecho en la guerra.
Rusia ha bombardeado ciudades de Ucrania, la prensa internacional enfoca la totalidad de sus cámaras y micrófonos al este de Europa, las personas escapan desesperadas de los focos del conflicto buscando refugio, pero ¿existe alguna regulación especial para los tiempos de guerra?, ¿es lo mismo el Ius in bello, Ius ad bellum y el Ius contra bellum?, preguntas esenciales para el desarrollo de este artículo.
Radiodifusión y derechos culturales indígenas.
La identidad cultural es el componente esencial que define a un grupo humano como un colectivo diferenciado y tiene un carácter evolutivo y dinámico. Cualquiera medida que adopte el Estado destinada a proteger los derechos de estos pueblos debe partir del respeto de sus formas de vida únicas y particularidades propias. El derecho a transmitir la cultura propia se vincula el derecho a acceder a los diferentes medios a través de los cuales se manifiesta este tipo de libertad de expresión, entre ellos, la radiodifusión.
¿Mostrar en rueda de prensa al presunto criminal vulnera la presunción de inocencia?
Las personas que han sido detenidas por un presunto delito y estas hayan sido presentadas en rueda de prensa por la Policía, Ministerio Publico y las entidades competentes con un chaleco que indique “detenido” o “procesado”, y otras etiquetas, sin que haya iniciado un proceso jurisdiccional “justo” y la culpabilidad no se haya declarado por una sentencia con autoridad de cosa juzgada, se estaría vulnerando la presunción de inocencia, principio fundamental del debido proceso.