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“Un auto acordado no puede definir el estatuto jurídico de los jueces por muy subordinados que estén a quien dicta la norma objetada”.
Esta imposición con carácter general, por la vía reglamentaria infringe al artículo 19 N° 2 del Código Político.
¿Por qué la reforma constitucional del capítulo XV?
Los elevados quorum y demás exigencias del proyecto hacen suponer que la reforma del capítulo XV será de larga y compleja tramitación.
El contrasentido de la Ley Emilia y la hipótesis del comiso del vehículo.
Tenemos una legislación que no protege en este concepto debidamente a la víctima y esperamos el resultado del proceso ante el Tribunal Constitucional para zanjar una norma claramente injusta e inconstitucional.
El terrorismo continúa.
Hay no menos de unos doce instrumentos jurídicos que tipifican y condenan el terrorismo en sus múltiples formas, pero ninguno todavía que lo haga frente al representado por el islamismo radical.
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