Columnistas
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Notable Abandono de Deberes: Falta de una interpretación legal.
La causal si bien no está definida en la ley debe limitarse al buen entendimiento de las palabras y no realizar una interpretación antojadiza, lo que vulneraría el debido proceso.
Una acusación constitucional sin fundamento.
Lo que la Excma. Corte debió atender fue el derecho humanitario que favorece a tales condenados, no para reducir ni eliminar el castigo, ni para borrar lo deshonroso de su condena sino para modificar su forma de cumplimiento en consideración a su edad, a enfermedades incurables y al cumplimiento de los demás requisitos que la ley establece.
Tres esferas de debate en torno al aborto (dos tramposas).
La libertad de uno termina cuando empieza la del otro. Si lo afectado a través del ejercicio de la libertad es o no tercero, y si ese eventual tercero debe ser sujeto de protección es la materia genuina a debatir.
Sobre el informe de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) relativa a la actividad notarial chilena, o de la mezcla perfecta entre peras y manzanas.
Si quisiéramos analizar económicamente la actividad notarial, sólo lo podríamos hacer con respecto a las relaciones entre el personal y el notario, o entre los usuarios y el oficio, cuestión que en algún punto del informe se da. No obstante, no es posible aplicar el análisis económico a la fe pública.