Columnistas
Jorge Astudillo
Abogado, Universidad de Valparaíso. Magíster en Derecho, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Máster Oficial y Doctor en Derecho, Universidad de Salamanca (España). Profesor Jornada Completa Universidad Andrés Bello, Sede Viña del Mar, Chile. Doctor en Derecho (Universidad de Salamanca, España).
El carácter democrático del proceso constituyente chileno.
Atendidas las características del proceso constituyente chileno, y al margen de le legítima posición que cada cual tenga respecto de la necesidad de cambiar la Carta Constitucional de 1980, no cabe duda, al menos para este profesor universitario, que estamos frente a un proceso revestido de las garantías de la democracia.
En recuerdo de don Jorge Tapia Valdés (1935-2020).
En el ámbito público, destaca su labor como asesor del Senado durante 18 años, y como Secretario de la Comisión de Constitución y Justicia de dicha cámara entre 1969 y 1972. A continuación, fue Ministro de Educación y de Justicia bajo el gobierno del ex Presidente Salvador Allende en 1972 y 1973.
El acuerdo constitucional de noviembre de 2019.
La Constitución es entonces el instrumento que fija las normas básicas y esenciales de la convivencia social por lo que muchos la asimilan a un «pacto social».
La supremacía de los derechos fundamentales y el Estado de Derecho.
Si bien, los estados de excepción constitucional pueden resultar coherentes con la lógica de la democracia, en aquellos casos en que se decide hacer uso de ellos, el Estado más que nunca debe tomar todos los resguardos y providencias que sean necesarios para impedir el atropello a los derechos de las personas por parte de sus agentes.