Columnistas
Emilio Garrote
Abogado, Universidad de Atacama. Premio Valentín Letelier como mejor alumno de la carrera de Derecho, Promoción 2000. Profesor de Derecho Constitucional, Administrativo y Político en la Universidad de Atacama (Copiapó). Alumno Regular del Programa de Doctorado en Derecho de la Universidad de los Andes. Becario CONICYT.
El derecho más allá de las normas, una cuestión de sentido común.
El año 2015 será recordado no sólo como el año de la pérdida de confianza de los ciudadanos hacia la clase política chilena, sino también como el año de las grandes catástrofes y desastres naturales a lo largo del territorio nacional.
La responsabilidad política en el régimen presidencialista chileno: la mujer del César no sólo debe serlo, también debe parecerlo.
Los funcionarios involucrados sean del ejecutivo o del legislativo, o cualquier otro funcionario que desempeña una función pública en casos de la naturaleza de los conocidos, a lo menos debiese suspender el ejercicio de su cargo.
¿Qué debe contener una Constitución? A propósito de los derechos sociales de carácter prestacional.
[1] Friedrich, Carl. J. “Gobierno Constitucional y Democracia”. Teoría y práctica en Europa y América. Tomo I. Instituto de Estudios Políticos. Madrid. pp. 343.[2] Rousseau, Jean J. El Contrato Social”, Libro II, capítulo XII. Editorial Tecnos,1995.[3] Hart, H.L.A. “El concepto de Derecho”, Segunda Edición, Editorial Abeledo-Perrot,Buenos Aires, Argentina, 1963. pp. 230.[4] Crick, Bernard. In Defence […]
Descentralización Regional: Desde el Centro, con el Centro y para el Centro.
[1] Véase nuestro trabajo (2011): “Administración Regional: ¿Hacia una descentralización del Estado Unitario?”, en Miriam Henríquez Viñas (coord.). Perspectiva del Derecho Constitucional desde el Mirador del Bicentenario (Santiago, Editorial Librotecnia) pp. 173-191.