El 2 de febrero de 1999 asume el poder Hugo Rafael Chávez Frías, un ex – militar venezolano que fracasó en un golpe de Estado contra el presidente constitucional Carlos Andrés Pérez en 1992. Su liderazgo indiscutible, sus propuestas sociales, políticas y su “ideología nacionalista” lo llevarían a tomar la presidencia de Venezuela posteriormente por los medios democráticos establecidos en la Constitución de 1961, previo indulto del presidente de ese entonces, Rafael Caldera.
Gracias a su popularidad, la propuesta de Chávez de un nuevo texto constitucional tuvo aceptación en la sociedad venezolana siendo dicho ordenamiento jurídico del año 1999 el vigente hasta la fecha el cual, ha sido objeto de muchas discrepancias entre las corrientes políticas del país caribeño y en la comunidad internacional respecto al cumplimiento de sus normas. En este análisis se procederá a escudriñar dicha Norma Suprema en orden alfabético, tratando de abarcar los aspectos más resaltantes de sus 350 artículos y corroborar con ello, si la militancia política de izquierda llamada socialista que ha estado en el poder de manera ininterrumpida por veinte años en Venezuela, ajusta sus actuaciones a la Constitución para garantizar los derechos de los venezolanos o, si por el contrario viola los mismos.
Abastecimiento. El sistema socioeconómico tiene como principios entre otros: la eficiencia y la productividad; y como fines: asegurar el desarrollo humano y una existencia digna. El Estado en conjunto con la iniciativa privada promoverá el desarrollo de la economía (artículo 299). La promoción de la agricultura para asegurar la seguridad alimentaria al público consumidor corresponde al Estado (artículo 305). Las políticas públicas del socialismo han sido deficientes y la improductividad alimentaria contraria a la Constitución se deben al control cambiario de divisas el cual limitó el acceso de estas que eran de forma libre a, un sistema de control donde el gobierno decide cuánto y a quiénes se les otorga, lo que tuvo como resultado cantidades limitadas de materia prima importada para las actividades de producción. Sobre el trabajo conjunto entre el Estado y la empresa privada, el gobierno de Venezuela ha alejado dicha relación usado la expropiación como sanción y no como causa de utilidad pública y limitando las compras de divisas a tal punto que, hay desabastecimiento de alimentos, medicinas y equipos médicos, por un lado, y por el otro la quiebra de empresas. En la parte agrícola, la expropiación de la principal empresa agroindustrial Agroisleña ahora Agropatria, vende menos del 10% de los insumos agrícolas incrementados estos a montos superiores al 1000%, siendo ambos factores el principal resultado del desabastecimiento agrícola.
Bolívar. Los Principios Fundamentales consagran en el artículo 1 la doctrina del Libertador Simón Bolívar como ejemplo de: libertad, moral, justicia e independencia; hay que recordar que Karl Marx se refirió de manera peyorativa al Libertador, por lo que el venezolano considerando un irrespeto a la memoria del Libertador el que una corriente política diga llamarse contradictoriamente Socialista y Bolivariana o, Marxismo Bolivariano.
Canasta Básica Alimentaria, el Centro de Documentación y Análisis para los Trabajadores (CENDA) en su Resumen Ejecutivo de diciembre del 2018 indica que, la Canasta Alimentaria de los Trabajadores tuvo un valor mensual de: Bs.S 105.043, 23, siendo el salario mínimo decretado para la fecha de Bs. S 4.500, oo; teniendo el trabajador un poder adquisitivo del 4,3 % de los alimentos que conforman la Cesta Básica, y un déficit del 95,7. El artículo 91 en su único aparte establece que el Estado garantizará a los trabajadores salario tomando como una de las referencias el costo de la Canasta Básica. Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en un comunicado de prensa del 12 febrero del 2018, publicó el informe “Institucionalidad democrática, estado de derecho y derechos humanos” en el que se aborda la situación de Venezuela en el que señala en sus conclusiones que, se ha observado el debilitamiento de los derechos humanos en Venezuela y el aumento de dichas violaciones en relación con otros años.
Economía, el Banco Central de Venezuela es el encargado de la estabilidad de precios y del valor del bolívar (artículo 318). La moneda más devaluada del mundo es el bolívar, la última devaluación realizada por el gobierno socialista en Venezuela en el año 2018 fue del 96%, El Fondo Monetario Internacional predijo que para el año en curso la inflación de Venezuela será de 10.000.000 %. Fuerzas Armadas, se constituyen de acuerdo con la Constitución como una institución profesional sin militancia política (artículo 328), los militares de alto rango ascendidos por el gobierno socialista desde Chávez hasta Maduro, se identifican plenamente como militares “revolucionarios y socialistas”, incluso, el saludo militar pasó de ser institucional a partidista al imponer la consigna cubana en los cuarteles “patria socialismo o muerte”, negando el Tribunal Supremo de Justicia la eliminación de dicha consiga en su momento bajo el argumento de que es parte del momento histórico del país. Garantías Judiciales, son inexistentes y no se cumplen ningunas de las consagradas en el artículo 49; las detenciones realizadas por la Guardia Nacional, el Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN), las Fuerzas de Acciones Especiales (FAES) son denunciadas a nivel nacional e internacional por sus excesos a la hora de las detenciones sin ningún tipo de orden judicial arrestan, violentan la propiedad privada y en sus instalaciones torturan a los detenidos y los aíslan por meses de visita y comunicación con sus familiares y abogados. Habeas Corpus y Habeas Data, artículos 44, 28 y 143, violaciones: (Habeas Corpus: ver informe del Foro Penal Venezolano sobre detenciones arbitrarias. Habeas Data: Ver: Referendo revocatorio). Inmunidad, establecida en el artículo 200 no se respeta, los casos más recientes que así lo demuestran son la detención por horas en el mes de enero del año en curso del Presidente de la Asamblea Nacional y ahora Presidente Interino de Venezuela Juan Guaidó, y, la detención arbitraria a golpes del diputado Juan Requesens que hasta la fecha sigue privado de libertad.
Justicia, todas las personas tienen el derecho de acceso a la justicia, así lo establece el artículo 26, en la práctica intentar una denuncia contra algún funcionario del Gobierno de Maduro no es viable ya que los expedientes desaparecen o no son tomadas las denuncias y en muchos de los casos, los denunciantes son detenidos y encarcelados al poco tiempo por hechos que son expuestos por los medios de comunicación por parte de los mismos funcionarios objetos de denuncia. Sobre el Órgano Jurisdiccional y los órganos que conforman el sistema de justicia deben ser imparciales de acuerdo al artículo 256; la CIDH en el informe supra mencionado hace mención acerca de la injerencia del Poder Ejecutivo sobre los demás órganos del Estado y la subordinación de estos. Libertad, en el artículo 44 numerales 1 y 2; se consagra que la libertad personal es inviolable y que las detenciones solo proceden por orden judicial salvo flagrancia (ver Garantías Judiciales), en los artículos 57 y 58 se encuentran constitucionalizados la libertad de pensamiento y de expresión, opinar en contra del gobierno socialista en Venezuela tiene una escala que va en el orden siguiente dependiendo del pronunciamiento y/o la persona que lo haga puede ser objeto de: amenazas, despidos, persecución, imputación del delito de traición a la patria u otros, cárcel y hasta la muerte. Manifestación, este derecho constitucional previsto en el artículo 68 es considerado en Venezuela desde el punto de vista del gobierno como: “actos de sabotaje promovidos por el imperio yanqui” en vez de un derecho. Nullum crimen nulla poena sine lege, articulo 49 numeral 6. Es suficiente el pronunciamiento de un alto funcionario del gobierno socialista para que lo que es un derecho o un deber sea convertido en una investigación penal y posteriormente en delito, como fue el caso del diputado del Consejo Legislativo de Mérida Pablo Chacón quien fue detenido y amenazado luego de hacer público varios hechos de corrupción socialista, siguieron las amenazas en su contra por lo que tuvo que salir del país para evitar ser imputado y encarcelado por algún delito o, asesinado.
Las Obras públicas que han contado con la aprobación de millones de bolívares y de dólares como: el gaseoducto nacional, el Metro de Valencia, el Tren Puerto Cabello – Barquisimeto, las líneas del metro de Caracas, el Metro de Caracas – Guarena, el tercer puente sobre el Río Orinoco entre muchas otras que son de interés nacional según el artículo 156.20 constitucional, no se han concluido y la empresa Odebrecht estuvo vinculada a las más grandes obras inconclusas de la revolución.
Propiedad privada, en los Gobiernos de Chávez y Maduro se propiciaron y despenalizaron las invasiones a terrenos, fundos y a todas las clases de bienhechurías bajo el pretexto de que el pueblo podía tomar con el apoyo gubernamental lo que necesitaba, y con ello se estaba reivindicando el derecho posesión, esto en detrimento del artículo 115 constitucional. Presunción de Inocencia, se repite la letra “P” por la importancia de ambos preceptos constitucionales, en con la Revolución Socialista en, no dé Venezuela, las personas contrarias al gobierno (deben demostrar su inocencia) aunque la Constitución en el artículo 49.2 establece que esta se presume hasta tanto se demuestre la culpabilidad. Referendo revocatorio, ejercer este derecho es motivo de sanciones. En el 2003 se cumplieron los requisitos para el referendo revocatorio consagrado en el artículo 72 en contra del entonces presidente Hugo Chávez, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictaminó en el fallo del 30 de mayo del 2018 que, la Lista Tascón cuyo nombre se debe al fallecido diputado que la creó, era una base de datos para persecución política; condenando al Estado Venezolano por violación a los derechos políticos y de libertad de pensamiento y expresión, esto debido a que los funcionarios y empleados públicos que ejercieron su derecho y firmaron para solicitud del revocatorio fueron despedidos por esto, quienes aspiraban cargos públicos no podían ingresar a las respectivas instituciones si estaban en la Lista Tascón obtenida del Consejo Nacional Electoral (CNE). Seguridad ciudadana, el Estado debe proteger a las personas y sus bienes, así lo dispone el artículo 55 de la Constitución de Venezuela; las bandas delictivas que operan con instrucciones desde los centros penitenciaron en Venezuela a cargo de jefes llamado “Pranes”, tienen el control sobre la vida del venezolano en el sentido literal de la palabra, ellos extorsionan, secuestran, roban y también privan de la vida a diario a venezolanos sin que el gobierno los controle, dejando claro además que en los centros penitenciarios los “Pranes” son quienes los dirigen y oponerse es motivo de conflicto armado gracias al arsenal militar con el que cuentan.
Tribunal Supremo de Justicia. (Ver artículo: http://dc.testing.prosys.cl/articulos/la-concentracion-de-poder-de-maduro-y-sus-juristas-del-horror/). Universidades, el Estado reconocerá la autonomía universitaria y la inviolabilidad a sus recintos previstos en el artículo 109 constitucional, esto no se cumple, las casas de estudios superiores que cuenten con autoridades universitarias que no son adeptas al gobierno socialista, serán objetos de sanciones como: la suspensión, disminución y el retardo del presupuesto universitario; sobre la inviolabilidad del recinto ha habido pronunciamiento de autoridades estudiantiles, rectoras y de la comunidad universitaria en general sobre el ingreso a estos centros educativos de grupos militares y policiales con armas de fuego para detener, intimidar, golpear y disparar cuando se han realizados actividades en contra del gobierno o en los procesos de elección de las sus autoridades, como sucedió en la ciudad de Valencia en la universidad de Carabobo el 7 de abril de 2018. Vida Privada , artículos: 47 y 60: la prohibición de entrada y allanamientos a los recintos residenciales y de otras índoles de carácter privado, es contrario a las actuaciones de los grupos militares y policiales de la revolución quienes ingresan constantemente a dichos espacios sin orden judicial grabando incluso videos que son luego transmitidos en los medios de comunicación del Estado a modo de burla de los afectados, sobre el honor, reputación e intimidad, los medios audiovisuales del Estado son utilizados para descalificar, insultar, humillar, desprestigiar y somete al escarnio público a políticos y familiares adversos al socialismo, entre los programas televisivos más dañinos se mencionan: La Hojilla, Político en el Diván y Con el Mazo Dando, su transmisión y divulgación no implican ningún tipo de cesura, responsabilidad o sanción. Los Yacimientos mineros contrario al artículo 12 constitucional se encuentran en manos de los militares del socialismo, “Pranes”, grupos paramilitares de la revolución “Colectivos”, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y El Ejercito de Liberación de Colombia (ELN) que operan y controlan de manera ilegal el oro de Venezuela destruyendo el ecosistema especialmente en el estado Bolívar, y el gobierno socialista es conocedor de lo que hacen sus aliados quienes han asesinados a militares y civiles venezolanos por oponerse al daño ecológico por la “fiebre del oro” y el coltán en el último enfrenamiento hubo 18 muertos en la mina Cicapra de Guasipati en el 2018, en octubre del año pasado hubo enfrentamiento entre el ELN y la banda “Coporo” en la mina el Candado donde hubo seis fallecidos y 16 desaparecidos; en el 2016 fueron masacradas 17 personas en Tumeremo. Estos grupos están causando un daño irreversible a zonas protegidas y parte de lugares maravillosos que declarados por la UNESCO patrimonios de la humanidad. El Arco Minero del Orinoco es objeto de cientos de denuncias, reportajes, quejas y polémica ya que el daño que está ocasionado no solo ha costado la vida de la naturaleza y de sitios emblemáticos sino además vidas humanas. Zona de paz artículos 1 y 3, no pueden vivir los venezolanos en un territorio de paz un territorio donde existen grupos armados institucionalizados de delincuencia organizada que toman sus bienes, amenazan, persiguen, secuestra, extorsionan y asesinan mientras el gobierno socialista no hace pronunciamiento alguno ni les garantiza la seguridad.
Para concluir estimado lector, puede usted corroborar el análisis aquí realizado por cualquier otro medio aparte de los que sustentan el mismo, y con ello crear su propio criterio sobre la situación política de Venezuela en manos del gobierno socialista durante los últimos veinte años del mal llamado gobierno, siendo en realidad, veinte años de desgobierno y de violación al texto constitucional que ellos mismo propusieron. Con ello puede usted responder tres interrogantes: ¿han valido la pena dos décadas de socialismo?, ¿el Estado de Derecho, los Derechos Humanos de los venezolanos y las riquezas de ellos han sido ben administradas?, ¿es un mundo mejor perseguir, encarcelar y asesinar a quienes piensan distinto?
Esta corriente antidemocrática (en la práctica), no solo destruye la calidad de vida de las personas sino además la del planeta bajo la premisa de que el capitalismo salvaje es destructor, ellos justifican sus excesos que terminan en muchos casos siendo peor de lo que critican.
Ya es hora de que en América Latina se entienda que, no son dos las únicas ideologías políticas que hay. La privatización y/o comercialización de los derechos es la carta de presentación del enemigo del socialismo, y la carta de presentación del enemigo del capitalismo es salud y educación gratis a cambio de la libertad. Es hora de dejarlas en desuso y actualizarnos un poco. (Santiago, 7 febrero 2019)
Artículos de Opinión
Veinte años de la revolución socialista en Venezuela analizada desde de la «A hasta la Z» desde su propia perspectiva constitucional.
Intentar una denuncia contra algún funcionario del Gobierno de Maduro no es viable ya que los expedientes desaparecen o no son tomadas las denuncias y en muchos de los casos, los denunciantes son detenidos y encarcelados al poco tiempo.