Artículos de Opinión

¿Por qué voto rechazo?

Como estamos en presencia de una Carta Fundamental legítima, considero necesario tener presente que la estabilidad constitucional es beneficiosa para las naciones.

El 15 de Noviembre de 2019 se firmó un acuerdo político denominado por “La Paz Social y la Nueva Constitución”. Dicho acuerdo no trajo paz, como es un hecho público y notorio, ni trajo una Nueva Constitución, sino que estableció un plebiscito para preguntarle a la ciudadanía sobre si Aprueba o Rechaza una nueva Carta Fundamental.
Un argumento para rechazar es el hecho que tenemos una Constitución Legítima. Entre los constitucionalistas podemos encontrar tres argumentos para afirmar la legitimidad de la Carta Fundamental vigente. El primero, del profesor Bertelsen quien afirma: “El plebiscito de 1988 se dio con registros electorales recientemente formados y se permitió la propaganda televisiva de forma equitativa, por lo que su resultado es incuestionable. En 1980 no se daban estas circunstancias, por lo que la mayoría a favor de la nueva Constitución se ha puesto en duda. Ahora bien, he estado siempre convencido y sigo estándolo de que en 1980 hubo una mayoría a favor de nuestra Constitución. Si en 1988, ochos después del anterior plebiscito, todavía un 43% de los votantes eran partidarios de la permanencia de Augusto Pinochet como Presidente de la República, es un indicio fuerte de que en 1980, en todo caso, la mayoría estuvo por aprobar la Constitución. Ocho años son un lapso de tiempo en que los gobiernos se desgastan y más en circunstancias como las que vivió Chile en los años ochenta, con una gravísima crisis económica y social. Si todavía en 1988 un 43% apoyaba al gobierno militar, no es antojadizo pensar que en 1980 bastante más del 50% o respaldaba” (Bertelsen, Raúl. En Defensa de la Constitución. Editorial Thomson Reuters. Año 2020. Pp. 23-24).
El segundo argumento para afirmar la legitimidad de la Constitución vigente lo expresan los profesores Alejando Silva Bascuñan y María Pía Silva: “la Ley 18.825, que en 1989 dio legitimidad democrática a la Carta de 1980” (Silva Bascuñan, Alejandro y Silva, María Pía. El valioso aporte de la Constitución de 1980. Revista de Derecho Público. Vol 62. Año 2000. P. 147) y “la relevancia de la reforma –que representa el precio aceptado por el gobierno militar para favorecer la marcha hacia la democracia sobre la base de un estatuto constitucional de indiscutible admisión ciudadana– se pone de manifiesto al considerar que las 54 modificaciones sometidas al sufragio del 30 de julio de 1989” (Silva Bascuñan, Alejandro y Silva, María Pía. Tratado de Derecho Constitucional. Tomo III. La Constitución de 1980, Antecedentes y génesis. P. 236.).
El tercer argumento para afirmar la legitimidad de la Constitución son las reformas constitucionales de 2005. Bastante conocidas son las palabras del ex Presidente Ricardo Lagos. Vale la pena rescatar las afirmaciones del senador Jaime Gazmuri del Partido Socialista: “Sin perjuicio de que no estamos elaborando una nueva Carta completa, como más de una vez se planteó en el debate en los últimos veinte años, entiendo, si, que nuestro propósito político es obtener una reforma respecto de cuya arquitectura central y de sus instituciones esenciales estamos todos de acuerdo y, por tanto, poner término a un largo período donde, producto de las circunstancias históricas en que nació el Texto Fundamental de 1980, nuestro marco constitucional no tuvo la condición esencial de ser, en aspectos sustantivos, el resultado de una amplio acuerdo nacional. Entiendo que ése es el sentido y el propósito del trabajo que se impusieron el Honorable señor Díez y la comisión que preside. Y por eso es tan valioso su aporte” (Díez, Sergio. Reflexiones sobre la Constitución de 1980. 50 años de un actor y testigos de la vida política chilena. Editorial el Mercurio Aguilar. Año 2013. Pp. 418-419).
Desde mi perspectiva, estos tres argumentos, y en particular las reformas constitucionales de 2005 donde existió un amplio acuerdo político, legitiman nuestra Carta Fundamental.
Como estamos en presencia de una Carta Fundamental legítima, considero necesario tener presente que la estabilidad constitucional es beneficiosa para las naciones. La investigación realizada por los profesores Elikins, Ginsburg y Melton concluyen que: “en promedio, los paises son más ricos, más democráticos, más estableces y experimentan menos crisis, en la medida que sus constituciones envejecen” (Elikins, Ginsburg and Melton. The Endurance of National Constitutions. Cambridge University Press. 2009. P. 32).
Votar rechazo en el plebiscito del 25 de Octubre de 2020 nos permite mantener nuestro camino institucional de reformas graduales con amplios consensos políticos en vez de irnos a la aventura de una hoja en blanco, de pensar nuestras instituciones desde cero con la presión de grupos violentos que han realizado actos terroristas destruyendo el metro, iglesias, comisarías de Carabineros, mobiliario público y privado, comercios, etc. (Santiago, 21 de octubre 2020)
 
 

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